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Profesionales expertos en diferentes areas de actividad


 


 
 
ASEVASA es una empresa de peritaciones dedicada a asesorar a los Asegurados que sufren daños originados por un siniestro.

Frente a otros profesionales que ejercen la profesión de perito alternando los Asegurados y las Aseguradoras como clientes, ASEVASA se ha distinguido por mantener desde su constitución total independencia de compañías aseguradoras y re-aseguradoras y trabajar exclusivamente para los Asegurados. Esta posición nos permite adoptar sistemáticamente las decisiones consideradas más objetivas para nuestros clientes sin importarnos cual sea la otra parte.

En todos los casos el alcance de la peritación tiene cuatro elementos indispensables que el informe tiene que recoger de acuerdo con la Ley de Contrato de Seguro 50/1980 y que constituyen la base del trabajo a realizar:

  1. La determinación de la causa del siniestro
  2. La valoración de los daños
  3. Las circunstancias que influyen en la determinación de la indemnización
  4. La propuesta del importe líquido de la indemnización

La necesidad de los servicios de peritación para los Asegurados surge principalmente ante la existencia de un siniestro originado por posibles diferentes causas (incendio, explosión, inundación, etc...), cubierto por una póliza de seguros. La Ley de Contrato de Seguro recoge el derecho de ambas partes del contrato (Aseguradora y Asegurado) a nombrar su propio perito con el fin de alcanzar un acuerdo sobre el daño, la causa y la indemnización a percibir.

Es el Asegurado la persona que ejerciendo su derecho decide sobre la conveniencia de asesorarse durante el proceso de peritación, teniendo en cuenta que la Aseguradora en todos los casos nombra su "propio" perito.


ASEVASA se plantea tres objetivos en la peritación:

  1. Por un lado, que el cliente perciba la indemnización que le corresponde. Este objetivo lo conseguimos en base a nuestra capacitación y experiencia para manejar las pólizas y los daños.

  2. Por otro lado, que el cliente perciba la indemnización cuando le corresponde. La ley de Contrato de Seguro en sus art. 18 y 20 es precisa recogiendo los plazos que las Cías. Aseguradoras tienen para cumplir sus obligaciones con los Asegurados en lo que respecta a pago de anticipos o cantidades mínimas conocidas, indemnizaciones finales etc.

  3. Por último, que el cliente se dedique exclusivamente a mantenerse al frente de su negocio. Un gran siniestro es probablemente el acontecimiento más crítico de una vida empresarial. A los efectos desastrosos que puede tener en el patrimonio se añaden las dificultades para mantener la actividad normal. La tramitación de un siniestro exige la interpretación y manejo de numerosos documentos de gran complejidad. El objetivo de ASEVASA es facilitar al cliente que dedique todos sus recursos a la recuperación de la actividad normal (atender clientes, proveedores, etc...) mientras mientras Asevasa se ocupa directamente de todo lo relacionado a la tramitación y la reclamación a la Cía. Aseguradora.

ASEVASA destaca la importancia de que el nombramiento del perito de Asegurado y por lo tanto nuestra propia contratación debe realizarse en la fase inicial de un siniestro. La razón no es otra que la necesidad de formular desde un principio una planificación sólida que nos permita tomar las decisiones importantes que afectan al desarrollo de una peritación.

 

 

 

 

 

¿Sabe en qué consiste el proceso de una Peritacion?
Vea un ejemplo

 

¿Conoce qué documentos pueden ser necesarios en la tramitación de un siniestro?
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